/ lunes 6 de mayo de 2024

Cuotas compensatorias 

El 24 de abril se publicó en el DOF por parte de la Secretaría de Economía “RESOLUCIÓN que concluye el procedimiento administrativo de revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia” y esto es particularmente importante para Estados como Chihuahua porque el instrumento fiscal de la aplicación de Cuotas Compensatorias, atribución delegada en el Presidente de la República repercute en su economía. Para ejercer dichos decretos se tiene que motivar amplia y profundamente su aplicación.

Debe fundamentarse respondiendo básicamente a preguntas como: ¿Cuál es la urgencia que motiva dicho incremento?, ¿Cuánto va ser la temporalidad y por qué esa?, ¿Por qué ese sector y no otros?, ¿Por qué ese porcentaje y no otro?, ¿Qué sectores económicos están siendo afectados por la aplicación de esa medida?, ¿en qué grado están siendo afectados?, ¿Cómo es que la medida afectada influye en el sector de la Bicicletas?, ¿Cómo afecta a la balanza de pagos la toma de dicha medida?, ¿Cómo esa medida genera certidumbre a los mercados?; ¿Qué sector económico se verá recuperado con la aplicación de dicha cuota?; ¿Qué mercado interno se apoya?, ¿la aplicación de dicho mandato genera equidad y proporcionalidad respecto a los demás sectores económicos nacionales?, ¿Cuál será el destino de los recursos excedentes obtenidos por la aplicación de dicha cuota?, etc.

Estos son algunos cuestionamientos mínimos que se deberían responder al momento de aplicar dicho instrumento extrafiscal. Bajo este contexto para Chihuahua no es menor la aplicación de cuotas arancelarias, recordemos que la fuente de su economía y lo que la hace vertiginosa es la industria de transformación, la maquila. Los sectores primarios son actividades que afectan a un grupo reducido de individuos sobre todo en su beneficio personal pero la maquila es el motor de crecimiento estatal. México es el país con más tratados comerciales en el mundo y debe considerar el generar certidumbre jurídica y económica a todos sus socios de no ser así de nada sirve suscribir dichos tratados, son letra muerta.

Las reglas fiscales se actualizan cada año mediante las misceláneas respectivas, modificar dichas reglas empezando el ciclo fiscal crea menos incertidumbre, es importante cumplir las reglas en este sentido. Gobernar a través de decretos en el ámbito económico fiscal resulta riesgoso y un tanto arbitrario si los argumentos emitidos para llevarlo a cabo son pueriles y vanos. El efecto dominó que surge de la aplicación de dicho instrumento se verá reflejado en muchas más industrias y mercados nacionales. Existe además una pérdida de eficiencia del consumidor ya que ese bien se encarece y se adquieren menos unidades con el mismo ingreso “se encarece la vida” por decirlo de alguna manera. Si en verdad los candidatos a la Presidencia de México desean aprovechar el nearshoring deberán tomar en consideración lo antes dicho.


El 24 de abril se publicó en el DOF por parte de la Secretaría de Economía “RESOLUCIÓN que concluye el procedimiento administrativo de revisión de oficio de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia” y esto es particularmente importante para Estados como Chihuahua porque el instrumento fiscal de la aplicación de Cuotas Compensatorias, atribución delegada en el Presidente de la República repercute en su economía. Para ejercer dichos decretos se tiene que motivar amplia y profundamente su aplicación.

Debe fundamentarse respondiendo básicamente a preguntas como: ¿Cuál es la urgencia que motiva dicho incremento?, ¿Cuánto va ser la temporalidad y por qué esa?, ¿Por qué ese sector y no otros?, ¿Por qué ese porcentaje y no otro?, ¿Qué sectores económicos están siendo afectados por la aplicación de esa medida?, ¿en qué grado están siendo afectados?, ¿Cómo es que la medida afectada influye en el sector de la Bicicletas?, ¿Cómo afecta a la balanza de pagos la toma de dicha medida?, ¿Cómo esa medida genera certidumbre a los mercados?; ¿Qué sector económico se verá recuperado con la aplicación de dicha cuota?; ¿Qué mercado interno se apoya?, ¿la aplicación de dicho mandato genera equidad y proporcionalidad respecto a los demás sectores económicos nacionales?, ¿Cuál será el destino de los recursos excedentes obtenidos por la aplicación de dicha cuota?, etc.

Estos son algunos cuestionamientos mínimos que se deberían responder al momento de aplicar dicho instrumento extrafiscal. Bajo este contexto para Chihuahua no es menor la aplicación de cuotas arancelarias, recordemos que la fuente de su economía y lo que la hace vertiginosa es la industria de transformación, la maquila. Los sectores primarios son actividades que afectan a un grupo reducido de individuos sobre todo en su beneficio personal pero la maquila es el motor de crecimiento estatal. México es el país con más tratados comerciales en el mundo y debe considerar el generar certidumbre jurídica y económica a todos sus socios de no ser así de nada sirve suscribir dichos tratados, son letra muerta.

Las reglas fiscales se actualizan cada año mediante las misceláneas respectivas, modificar dichas reglas empezando el ciclo fiscal crea menos incertidumbre, es importante cumplir las reglas en este sentido. Gobernar a través de decretos en el ámbito económico fiscal resulta riesgoso y un tanto arbitrario si los argumentos emitidos para llevarlo a cabo son pueriles y vanos. El efecto dominó que surge de la aplicación de dicho instrumento se verá reflejado en muchas más industrias y mercados nacionales. Existe además una pérdida de eficiencia del consumidor ya que ese bien se encarece y se adquieren menos unidades con el mismo ingreso “se encarece la vida” por decirlo de alguna manera. Si en verdad los candidatos a la Presidencia de México desean aprovechar el nearshoring deberán tomar en consideración lo antes dicho.